lunes, 14 de enero de 2013

COFRADÍA DE LA SOLEDAD DE GUADALCANAL, DURANTE EL SIGLO XIX. (1)



NOTAS PARA LA HISTORIA DE LA COFRADÍA DE LA SOLEDAD DE GUADALCANAL, DURANTE EL SIGLO XIX.
Por Germán Calderón Alonso
Revista de Guadalcanal año 1997

I.                INTRODUCCIÓN.

Es muy desconocida la historia de las cofradías de la villa de Guadalcanal. Intentaremos, pues, en este pequeño artículo, hacer una aportación en este sentido referida en este caso a la Hermandad del Santo Entierro de Cristo y Ntra. Sra. de la Soledad, residente en la Iglesia Mayor de la población, la parroquia de Santa María de la Asunción.
Se trata del estudio de unos autos que se instruyeron por la corporación en 1851 debido a que las otras dos parroquias de la población, Santa Ana y San Sebastián, no acudían a su procesión del Viernes Santos. Hay que imaginarse la “indignación” de los cofrades ante estos hechos que parecen, a primera vista, un desprecio por parte del clero de ambas collaciones hacia una procesión, que en todo tiempo y lugar, ha sido considerada oficial, por tratarse, claro está, del entierro de nuestro Salvador.
Hay que tener en cuenta que el 11 de mayo de ese mismo 1851 se firmó el concordato entre el Gobierno Moderado presidido por Bravo Murillo y la Santa Sede, rigiendo la  sede de Pedro, el Papa Pío IX. Se acaba así con una situación extremadamente anómala de enfrentamiento entre la Iglesia y el Gobierno Español, nacida por la disolución el 11 de octubre  de 1835 de las órdenes religiosas masculinas y la puesta en venta de sus bienes el 19 de febrero de 1836, obra del ministro Juan Álvarez Mendizábal. Guadalcanal hasta 1851 pertenecía a una jurisdicción eclesiástica exenta, el Priorato de San Marcos de León de la Orden Militar de Santiago, concretamente a su Vicaría de Tentudía. Tras el concordato pasó a depender de la autoridad episcopal del arzobispo de Sevilla. Pues bien, existía un tribunal especial de las Órdenes Militares, con sede en la corte, y el Secretario de éste, D. Alfonso de Cuenca, enterado del asunto se dirigió el 11 de junio de 1851 al Gobernador Eclesiástico interino del Priorato de San Marcos, que gobernaba éste al no existir un prior en estos momentos tan extraños. Le expuso la pretensión de la hermandad, representada por su mayordomo, que era también teniente de alcalde de la villa D. Ignacio Vázquez, y que era que las parroquias asistieran a la procesión del Viernes Santo con cruz parroquial alta y llevando los clérigos capas pluviales, lo cual era lo más lógico en estos casos. Particularmente hasta ahora no vemos nada anormal en la pretensión de los cofrades. El Gobernador se dirigió entonces a los párrocos con fecha 16 de junio para que expresaran lo que opinaban de lo que se  nos antoja espinoso asunto, con el fin de que él lo trasladara al tribunal eclesiástico. Pero antes deberíamos ver, pues es todo un fresco costumbrista, el informe del 28 de mayo del “celoso” mayordomo de la cofradía. D. Ignacio Vázquez. El fin de pedir que acudieran los cleros parroquiales era que se realizase “... con toda la suntuosidad que se requiere el funeral del primer sacerdote de la Ley, el Hijo de Dios...”. No se puede decir más en menos espacio, dada cuenta de que no se había dirigido a los curas pues veía cercana la negativa como se la habían dado sus antecesores.
Lo más llamativo del asunto es que D. Ignacio alegaba que al entierro de un sacerdote los demás acudían  con cruces y capas, mientras que no iban al de Cristo. La verdad es que el argumento parece, en principio demoledor. Pero veamos que respondieron los párrocos.

II.           LA RESPUESTA DEL CLERO DE SANTA ANA.

El  párroco de Santa Ana, D. José Baños, oído su clero, dio cumplida respuesta al gobernador eclesiástico, sede vacante de San Marcos. En primer lugar alegó que no todos los cofrades del Santo Entierro tenían la pretensión de que asistieran las dos parroquias con cruz y capa pluvial, sin tan sólo alguno entre los que no se encontraban los eclesiásticos que, seguramente, se habían  opuesto a esta pretensión. A ello había que sumar que la corporación no poseía reglas aprobadas por la autoridad eclesiástica, lo cual ni entonces ni ahora decía nada a su favor. Lo cierto es que los hermanos no sólo se habían dirigido al tribunal de órdenes sino que antes habían mostrado su pretensión en la Santa Visita que hizo D. José Gómez Jurado, párroco de Ntra. Sra. de los Ángeles de Bienvenida. En ella se negó el visitador a sus deseos y los hermanos no se avinieron a la concordia de procesiones que se pretendía hacer, estipulando que Santa  María asistiese a las procesiones del Hábeas Christi de Santa Ana y San  Sebastián. En contrapartida, estas dos parroquias acudirían al Santo Entierro una vez que hubieran acabado los oficios en sus templos, los cuales, lógicamente se estimaban más importantes. Ello se consideraba una “obligación de justicia” mientras que acompañar a Santa María “que es igual  en todo a las demás”, no lo era. En el fondo lo que late es la rivalidad entre la parroquia “mayor” y las otras dos. Todo ello nos recuerda los pleitos de preeminencia entre Santa  María y San Pedro en Arcos de la Frontera y entre Santa María y Santiago en Utrera o los conflictos entre Santiago y San Sebastián en Alcalá de Guadaira. Estas luchas entre parroquias, que se nos antojan tan antievangélicas, son muy habituales en la historia de la Iglesia andaluza. Por otra parte, el párroco opone un argumento irrebatible, pues era mucho más importante una procesión en la que desfilaba el  mismo Jesucristo, que otra en la que salía tan solo su imagen. Por otro lado alegaba en lo referente a los entierros de los clérigos de la villa, que existía obligación de asistir a ellos por establecerse en unas constituciones que estaban legalmente aprobadas por el ordinario. Además la presencia en estos entierros la tenía la parroquia en la cual se hacía el funeral y las tres clerencias actuaban, para el caso, como si se tratara de una solo. Finalmente si se consentía en la pretensión de Santa María iría subordinada a las otras y con el tiempo se establecería una costumbre que obraría a favor de la supremacía. Como hemos de suponer, ello es lo que no se debía de consentir. Además dice que la no presidencia de Santa María había sido declarada “en juicios contradictorios y sentencias ejecutorias”. Por último hay que decir que, según el párroco, había costumbre de acudir a la procesión del Santo Entierro sólo con la cruz. En fin, que lo que subyace e invade todo el conflicto es la disputa entre la matriz y las otras dos parroquias.

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