martes, 25 de diciembre de 2012

ÁLVARO DE CASTILLA, LAS CONCEPCIONISTAS DE GUADALCANAL - 10


                              Manuel Maldonado Fernández
                             Revista Guadalcanal año 2012

Pues bien, el principal acreedor del concejo llerenense durante el XVII y XVIII siempre fue el convento de la Concepción de Guadalcanal, que le tuvo prestado a censo una buena parte del dinero que legó Álvaro de Castilla. El inicio de las relaciones crediticias entre el citado convento y Llerena (como acreedor y deudor, respectivamente) fue precisamente a cuenta del esfuerzo de este último concejo por consumir en 1598 los oficios de sus cinco regidores perpetuos, liberándose de estos oligarcas. Fue Rodrigo de Castilla Ramos quien en 1601 le prestó 7.575.000 mrs.  del dinero que su hermano Álvaro iba mandando. Sobre este particular disponemos de datos pormenorizados en el Archivo Municipal de Llerena, que muestran la evolución de dicho préstamo hasta finales del XVIII. En efecto, según la documentación consultada, a partir de 1639 el concejo de Llerena tuvo constantes y serias dificultades para pagar los réditos a las concepcionistas. Éstas se acentuaron en dos fechas concretas: en torno a 1673 y sobre 1692.
En 1673 el propio cabildo llerenense, ante la imposibilidad de pagar los intereses de la deuda concejil, cuyo principal acreedor era el convento de las concepcionistas, pidió la aplicación de la ley concursal[1]. Sin embargo, cuando a primeros de 1674[2] los regidores perpetuos fueron consciente de lo que realmente les suponía (perder el control sobre las rentas y propios concejiles), tomaron el acuerdo de negociar ellos mismos con los acreedores y pagarles los intereses con fondos de sus propias haciendas, dinero que naturalmente recuperaron. En días posteriores, ajustaron los gastos fijos del concejo, rebajando sus salarios, el del resto de los oficiales concejiles, así como las partidas dedicadas a festejos y celebraciones religiosas.
Y los años que siguieron no fueron precisamente más favorables. Especialmente complicada fue la década de 1677 a 1687, durante la cual, aparte la incesante presión fiscal, apareció un brote epidémico que coincidió con una climatología adversa. Por ello, las dificultades de Llerena para asumir los réditos del préstamo con las concepcionistas nuevamente surgieron en 1692. En efecto, según reconocían sus propios regidores en la sesión capitular del 15 de octubre de dicho año[3], se le estaba debiendo al convento de las concepcionistas los réditos o corridos de varios años, cada uno de ellos a razón de 9.260 reales (315.044 mrs.). También manifestaron en el citado pleno que el administrador y mayordomo del convento en repetidas ocasiones les habían amenazado con denunciar tal situación ante los jueces y oidores de la Real Chancillería de Granada. Por ello, conscientes de los inconvenientes y gastos que la consecuente aplicación de la ley concursal conllevaba, tomaron el acuerdo de arrendar para años sucesivos los aprovechamientos de la dehesa de Hondo.



[1] AMLl, Sec. AA.CC. (28/11/1673), lib. de 1673, fol. 226 vto., fot. 209.
[2] AMLl, Sec.  AA.CC. lib. de 1674, fol. 249 vto., fot. 7.
[3] AMLL, Sec. AA.CC., lib. de 1692, fol. 61, fot. 124.

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