sábado, 22 de diciembre de 2012

ÁLVARO DE CASTILLA, LAS CONCEPCIONISTAS DE GUADALCANAL - 9


                        Manuel Maldonado Fernández
                        Revista Guadalcanal año 2012

IV.- LA HACIENDA CONCEJIL DE LLERENA
El concejo de Llerena administró sus bienes concejiles con cierta solvencia y desahogo hasta finales del XVI, a juzgar por las cuentas de los caudales de propios recogidas en los libros de contabilidad que se custodian en su archivo municipal[1]. En efecto, a finales de dicho siglo las deudas del concejo sumaban en total sólo 20.670 reales. (unos 702.780 mrs., cargados con unos réditos de 52.700 mrs.), cantidad fácilmente asumible y suficientemente justificada si consideramos la magnitud de la empresa asumida durante el XVI, como, por ejemplo, las ayudas para la fundación y consolidación de los numerosos conventos asentados en la ciudad, el reparo de las murallas, la construcción de varias de sus puertas, el levantamiento de la magnífica torre de la Iglesia Mayor, el ensanche de la plaza pública y la construcción de sus soportales[2], así como la remodelación y ampliación de las casas del cabildo, sus anexos (alhóndiga y carnicería), la cárcel pública, el pósito y la casa del peso de la harina.
    Sin embargo, ahora a principios del XVII, tras el pago de los 330.000 rs. (30.000 ducados ó 11.220.000 mrs.) que costó el consumo de las cinco regidurías perpetuas[3], la deuda se disparó, siendo necesario solicitar de S.M. (como administrador perpetuo de la Orden de Santiago) la oportuna autorización para pedirlos prestados a censo, hipotecar los bienes concejiles como garantía del pago a los prestamistas, así como otra para poner en arrendamiento la mayor parte de las tierras concejiles, con la finalidad de afrontar con sus rentas los réditos o corridos e ir rebajando el principal de la deuda[4].  Por lo que hemos podido documentarnos, S.M. concedió la oportuna autorización, pero la hacienda concejil llerenense entró en un crónico endeudamiento imposible de atajar, máxime cuando por las mismas fechas aumentó considerablemente la ya elevada demanda fiscal[5].  Aún así, en 1625, fecha en la que se cierra el Libro de los Propios que utilizamos como referencia[6], la deuda del concejo estaba en torno a 186.111 rs. (6.327.772 mrs.), disparándose a mediados del XVII, de tal manera que a finales de dicho siglo ascendía a 390.441 rs. (13.275.000 mrs., aunque por otras cuentas se estima que debía por encima de los 18 millones de maravedíes), más una importante deuda con la hacienda real situada por encima de 900.000 rs. (81.818 ducados o unos 30 millones de mrs., aunque  la real hacienda redujo la deuda a sólo 5,5 millones de mrs, es decir, 13.636 ducados ó 150.000 reales), aparte de tener empeñados los cuatro millares[7] de la dehesa del Encinal[8].



[1] AMLl, leg. 478-3. Libro de Propios (1601-25).
[2] CARRASCO GARCÍA, A. La Plaza Mayor de Llerena y otros estudios, Valdemoro, 1985.
[3] Hasta 1598 el concejo de Llerena se gobernaba por cinco regidores perpetuos, es decir, cinco vecinos que habían comprado a perpetuidad dicho oficio. En la fecha citada, los llerenenses tomaron la decisión de consumir o comprar para el concejo esas cinco regidurías perpetuas, ejerciendo el derecho de puja y tanteo sobre la mismas, operación que se consiguió tras el pago de 30.000 ducados en favor de sus poseedores. De poco sirvió este esfuerzo, pues en 1629 Felipe IV vendió 19 oficios de regidores perpetuos a sendos llerenenses. Algo parecido ocurrió en Guadalcanal.
[4] Desconocemos cómo se afrontó la paga de 1599; sí sabemos que la de 1600 se abordó con un préstamo cedido a censo por dos vecinos de Sevilla, cuyo principal ascendía a 6.750.000 mrs., siendo 195.650 mrs. los réditos o corridos que generaban anualmente. Para completar la tercera paga hubo de establecer otro censo, en este caso con el clérigo López Ortiz, por un principal de 544.000 mrs. Estos dos últimos censos se redimieron en 1601, precisamente con los 7.575.000 mrs. cedidos por Rodrigo de Castilla en nombre de Álvaro de Castilla. Más adelante, por las circunstancias ya descritas, en 1623 los derechos hipotecarios de este censo fueron cedidos al convento de las concepcionistas de Guadalcanal. Mas información en MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “Crisis en la hacienda concejil de Llerena durante el Antiguo Régimen”, en Actas de las VI Jornadas de Historia, Llerena, 2005.
[5] Los Austria del XVI hipotecaron al Estado. Los del XVII, sin liberarse de la situación anterior y debido a la elevada presión fiscal que impusieron, también consiguieron endeudar a los concejos, obligándoles a hipotecar sus bienes concejiles y comunales. Es más, alguno de ellos, en aplicación de la Ley Concursal promovida a instancia de sus acreedores, quedaron bajo la tutela de un administrador judicial nombrado por la Real Chancillería de Granada, como ocurrió en Azuaga, los Santos o en Rivera. Más datos en manuelmaldonadofernández.blogspot.com, “Azuaga en el XVII”
[6] AMLl, leg. 478-3. Libro de Propios (1601-25).
[7] En teoría, una cantidad de terreno capaz de mantener a 4.000 ovejas.
[8] El empeño suponía una situación administrativa menos ventajosa para Llerena que la hipoteca, pues a cambio de una considerable cantidad de dinero (unos 18 millones de mrs.) el concejo dejaba su uso y explotación en manos de los empeñadores, sin que el cabildo interviniese para nada en su gestión. Como es conocido, el empeño se hizo en favor de la obra pía instituida por el capitán Diego Fernández Barba. Más información en MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “El capitán Diego Fernández Barba, un llerenense generoso del XVIII”, en Revista de Feria y Fiestas, Llerena, 1998.

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