miércoles, 17 de febrero de 2010

LAS MINAS DE PLATA DE GUADALCANAL - 151


Continuación del libro editado por Miguel del Burgos en el año 1831, NOTICIA HISTÓRICA DOCUMENTADA DE LAS CÉLEBRES MINAS DE GUADALCANAL. Tomo I

(Se mantiene la ortografía de la época

Carta del licenciado Murga, alcalde de las minas de Guadalcanal, dando cuenta de su llegada, y de los negocios de su cargo.

Secretaría de hacienda, número 31.

15 de enero de 1557.

C. R. M.- A cinco de diciembre de quinientos cincuenta y seis me fue mandado viniese á estas minas á servir á V. M. sin me detener, en parte alguna lo cumplí aunque el tiempo me fue contrario con mucha agua que hizo, y llegué harto deseado, porque la guarda, dé la hacienda de S. M. entendian los que la beneficiaban consistía en la llegada del juez; paresce que será Dios servido que no se haya engañado, pues con mi venida y diligencias que comencé á hacer ejecutando justicia, los mal vivientes se ausentaron, y los que de noche comarcanos salteaban los metales, no han osado continuar sus malos propósitos, que debia cierto de haber hartos, porque cada cual del mayor al menor, segun se dice, mostraba poderlo hacer como se veía que una noche rompieron el tejado á do estaba el plomo plata fundido; otra adelante horadaron una pared do estaba el metal rico ocho dias antes que yo llegase. Pues los hurtos de los jornaleros, plomeros, fundidores, oficiales malos cristianos no debian de tener número segun fama pública; pero como V. M. me cometió los negocios criminales solamente, paresce que las causas cevíles fuera importante se determináran aquí, porque cada dia hay, diferencias entre las personas que benefician la hacienda, y lo que peor es que de Llerena y Azuaga y de otras partes vienen á sacar personas de sus ocios, que es á muy gran daño del obrage y metales, ó no hay otra persona que poner en su lugar, ó si le hay no lo sabe tan bien: hase ofrescidó tres veces en ocho días, y con medios que dí se sobreseyó por entonces, V. M. lo mande remediar que conviene sumamente: otra cosa veo de que V. M. no es servido, y es que estando como estamos mil hombres en el campo sirviendo á V. M., sería justo se dijese misa todos los dias para los que la quisiesen, y no se dice sino los domingos como en lugar anejo, informándome á cuya culpa fuese, dan á entender que no es de mi oficio tratarlo: á V. M. suplico lo mande remediar, pues nada veré con mal orden de que no dé aviso que no sea en mi mano proveerlo, aunque tengo entendido que en todo habrá mucho concierto, así de parte de los oficiales como de los demas. V, M. me señaló dos ducados para me sustentar por no venir á mas necesidad decir á V. M. lo que pasa, que vale la libra de pan quince y diez y seis maravedís, y del tocino fresco doce, y del carnero quince, y el vino malo á veinte maravedís la azumbre, y la cebada el celemin cuarenta maravedís, el huevo un cuarto, la sardina tres blancas, que es de la que me sustento: á V. M. suplico sobre ello, y todo lo demás mande lo que sea servido, que en mi servicio y lo que debo hacer no tengo de faltar averiguando los hurtos pasados como en oviar los por venir y los demás delitos; cuya muy alta y muy poderosa persona y estado nuestro Señor guarde y prospere con el acrescentamiento de mayores reinos y señorios que, los criados de V. M, deseamos. Destas minas de V. M. quince de enero de mil quinientos cincuenta y siete.- C. R. M, humilde criado de V. M. que sus R. P. y M. B. - Licenciado Murga.

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